Los animales domésticos en ocasiones causan molestias a los vecinos lindantes.
Ladridos en horas de descanso, carreras por las zonas comunes, olores…
En los casos extremos, cabe la posibilidad de impedir la tenencia de los mismos?
La respuesta es afirmativa, de conformidad con el artículo 7.2 de la LPH y la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña de fecha 23 de junio de 2021.
“Procede la cesación inmediata de tenencia de animales cuando los vecinos vienen sufriendo durante 4 años ladridos durante sus momentos de descanso y olores nauseabundos por la falta de cuidados higiénicos de los animales, motivando persistentemente en los copropietarios un estado de desasosiego y malestar”
Evidentemente cabe probarlo. No obstante, comprobando la evolución de la jurisprudencia, cada vez se abre más la puerta a la defensa contra los propietarios que descuidan sus animales domésticos.