Tal es la voluntad del legislador de llevar a cabo la instalación de ascensores en comunidades de propietarios que incluso los propietarios exclusivamente de plazas de garaje pueden participar en los gastos para sufragar esta clase de obra.
No deja de ser curioso el hipotético caso del propietario que simplemente siendo siendo dueño de una plaza de garaje en una finca puede verse obligado a participar en un gasto muy elevado del cual seguramente no disfrute.
Esta es la última doctrina existente, no obstante, siempre cabe revisar correctamente los estatutos de la Comunidad que nos resolverán cualquier duda.
Audiencia Provincial de Madrid 18/03/2021
