Un propietario nos lanza la siguiente cuestión:
Llevamos dos años si hacer Juntas de Propietarios en mi edificio de B*****. Quiero unir dos viviendas contiguas y no he podido pedir permiso a los vecinos en Junta. He pedido perimiso al Administrador y Presidente, cree usted que es suficiente? Muchas gracias y un saludo
Para contestar a esta cuestión inicialmente debes indicar que la clave como en tantas ocasiones por las particularidades de la finca, es decir, por sus estatutos.
Es posible que con una lectura de los estatutos nos percatemos de si esa posibilidad se encuentra contemplada o no en los mismos y si será necesario acuerdo o no.
No obstante, hablando genéricamente, la siguiente cuestión a tener en cuenta es si existe algún tipo de modificación de los elementos comunes.
Por lo tanto tenemos dos tipos de situaciones al presente caso:
¿No afecta a elementos comunes? “Al no alterar la segregación denunciada ni el título constitutivo ni las cuotas de participación ni elementos comunes del edificio, no es necesario consentimiento de la Comunidad. AP Murcia, Sec 1ª 27 de noviembre de 2012
¿Afecta a elementos comunes? “Es nula la escritura de segregación por haberse modificado elementos comunes que alteran la estructura del edificio y haberse establecido una servidumbre de paso sobre elementos comunes sin autorización de la Comunidad. AP Madrid, Sec 8ª 7 de abril de 2021